En bref
El permiso parental de 8 semanas combina tramos retribuidos y no retribuidos según la fecha de nacimiento del hijo.
- 2 de las 8 semanas se pagan al 100% desde el Real Decreto-ley 9/2025
- Las otras 6 semanas siguen sin retribución salvo sentencia judicial favorable
- El derecho se aplica hasta que el menor cumple 8 años
El permiso parental de 8 semanas retribuido en 2025 ya no es una promesa a medias, aunque tampoco es la solución completa que muchas familias esperaban. Desde el Real Decreto-ley 9/2025, aprobado el 29 de julio, 2 de esas 8 semanas se pagan al 100% de la base reguladora a cargo de la Seguridad Social. Las 6 semanas restantes mantienen su carácter no retribuido, salvo que un juzgado diga lo contrario en tu caso concreto. Sí, has leído bien: la respuesta depende también de dónde trabajes y de qué tribunal resuelva tu conflicto. Vamos a desenredar esto sin rodeos.
¿Cómo funciona el nuevo permiso parental de 8 semanas?
El permiso parental de 8 semanas es un derecho individual e intransferible reconocido en el artículo 48 bis del Estatuto de los Trabajadores, pensado para el cuidado de hijos menores de 8 años. Cada progenitor puede disfrutarlo a tiempo completo o en jornada parcial, de forma continua o fraccionada, según acuerde con la empresa.
Lo que cambia realmente en 2025 es la retribución de una parte de ese permiso. El Instituto Nacional de la Seguridad Social abona 2 semanas al 100% de la base reguladora, mientras las 6 semanas restantes continúan sin remuneración directa. Nosotros vemos aquí el verdadero cambio de paradigma: por primera vez, el Estado reconoce que este permiso tiene un coste económico real para las familias y empieza a asumir parte de él.
Permiso parental retribuido o no retribuido en 2025: la parte que nadie explica bien
Aquí está el matiz que la mayoría de artículos pasa por alto. La retribución no aplica de forma automática a todos los nacimientos ni a todos los trabajadores por igual. El Real Decreto-ley 9/2025 fija su entrada en vigor el 1 de agosto de 2025, lo que significa que solo los nacimientos, adopciones o acogimientos posteriores a esa fecha generan de forma directa el derecho a las 2 semanas pagadas.
Pero existe un frente judicial que complica el panorama: varios juzgados, incluido uno asturiano que dio la razón al sindicato SATSE, han reconocido el carácter retribuido del permiso parental disfrutado antes de la reforma, obligando a organismos públicos a pagarlo con carácter retroactivo. La Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo mantienen posturas distintas sobre este punto, y el propio Economista ha informado que los jueces discrepan abiertamente sobre la remuneración del permiso para menores de hasta 12 años en determinados convenios.
Cuánto se cobra durante el permiso parental y quién lo paga
La base reguladora aplicada durante las 2 semanas retribuidas es la misma que se utiliza para calcular la prestación por nacimiento y cuidado de menor, y corre a cargo de la Seguridad Social, no de la empresa. Esto es clave porque muchos trabajadores creen erróneamente que su empresa asume ese coste, cuando en realidad es el INSS quien gestiona y abona la prestación.
| Tramo del permiso | Retribución | Quién paga |
|---|---|---|
| Primeras 2 semanas | 100% base reguladora | Seguridad Social |
| Semanas 3 a 8 | Sin retribución (salvo sentencia) | No aplica |
Nosotros insistimos en un punto que casi nadie destaca: el hecho de no cobrar las 6 semanas restantes no significa perder derechos asociados. El Tribunal Supremo ha aclarado que el permiso parental de 8 semanas genera vacaciones con normalidad, así que las empresas no pueden descontar días de descanso por su disfrute.
Cómo solicitar el permiso parental de 8 semanas ante tu empresa
El procedimiento exige preavisar a la empresa con antelación suficiente, generalmente entre 10 y 15 días según convenio, indicando fecha de inicio, duración y modalidad de disfrute (completa o fraccionada). La empresa puede negociar el momento concreto por necesidades organizativas, pero no puede denegar el derecho en sí mismo.
- Presentar solicitud por escrito con antelación mínima marcada por convenio
- Especificar si el disfrute será a tiempo completo o parcial
- Adjuntar documentación acreditativa (libro de familia, certificado de adopción o acogimiento)
- Solicitar ante el INSS el reconocimiento de las 2 semanas retribuidas mediante Cl@ve o certificado digital
Familias monoparentales y otros casos especiales
Las familias monoparentales acumulan hasta 32 semanas retribuidas al sumar los permisos de ambos progenitores en una sola figura parental, una medida que compensa la ausencia de un segundo titular del derecho. Este dato, poco desarrollado en la mayoría de contenidos sobre el tema, marca una diferencia sustancial frente a las familias biparentales, que reciben 19 semanas retribuidas por progenitor tras la ampliación del permiso por nacimiento.
Lo que el BOE no dice y los tribunales sí están resolviendo
El Real Decreto-ley 9/2025, publicado en el BOE con la referencia BOE-A-2025-15741, transpone de forma parcial la Directiva Europea 2019/1158 sobre conciliación de la vida familiar y profesional. El propio texto reconoce en su preámbulo que el permiso parental mantiene su carácter no retribuido salvo en el tramo de 2 semanas señalado.
Pero la realidad judicial va por delante de la norma. CSIF ha logrado sentencias que reconocen la retribución de permisos parentales disfrutados antes de la reforma, argumentando que no existe retroactividad legítima para aplicar el carácter no retributivo a periodos anteriores a julio de 2025. Esto genera, según Economist & Jurist, una conflictividad creciente entre juzgados de lo social que aún no tiene resolución unificada.
La ley fija un mínimo, pero los tribunales están decidiendo, caso por caso, quién tiene realmente derecho a cobrar.
Permiso parental 8 semanas retribuido 2025: qué hacer si tu caso no encaja
Si tu situación no coincide exactamente con los supuestos que hemos descrito, nuestra recomendación es simple: no asumas nada sin comprobarlo. El permiso parental de 8 semanas retribuido 2025 depende de la fecha del hecho causante, del convenio colectivo aplicable y, cada vez más, de la jurisprudencia de tu comunidad autónoma. Consulta con el departamento de RRHH de tu empresa, revisa el BOE-A-2025-15741 y, si tienes dudas fundadas, plantea la reclamación ante el INSS antes de que prescriba el derecho. El terreno legal sigue moviéndose, y quien se informa bien, cobra lo que le corresponde.
Preguntas frecuentes
¿Qué dice el BOE sobre el permiso parental de 8 semanas?
El BOE-A-2025-15741 recoge el Real Decreto-ley 9/2025, que modifica el Estatuto de los Trabajadores, el Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley General de la Seguridad Social para completar la transposición de la Directiva 2019/1158. El texto confirma que el permiso parental mantiene su carácter no retribuido, salvo el tramo de 2 semanas reconocido como pagado.
¿El permiso parental de 8 semanas será retribuido en 2026?
A fecha de esta reforma, no existe anuncio oficial de una ampliación de la retribución más allá de las 2 semanas ya reconocidas. El debate judicial abierto por sentencias de CSIF y SATSE podría influir en futuras modificaciones legislativas, pero cualquier cambio adicional dependerá de un nuevo real decreto o de una reforma de la Ley de Familias.
¿Quién tiene derecho al permiso parental de 8 semanas?
Tienen derecho todos los progenitores, hombres o mujeres, trabajadores por cuenta ajena o empleados públicos, para el cuidado de hijos o menores acogidos por más de un año, siempre que el menor no haya cumplido 8 años. Es un derecho individual e intransferible, por lo que cada progenitor dispone de su propio permiso de 8 semanas, sin posibilidad de cederlo al otro.



